Fabricación y comercialización de bebidas adulteradas no está penalizada en el Código Penal

La fabricación y comercialización de bebidas adulteradas no está penalizada en el Código Penal, razón por la que la Comisión de Justicia tiene previsto incluirla en esa pieza legislativa.

Al ser consultado sobre el tema, el diputado Alexis Isaac Jiménez, presidente de la Comisión de Justicia, apoderada del estudio del proyecto de ley que modificaría el Código Penal vigente, informó que como la tipificación de esos delitos no está contemplada en esa pieza legislativa la piensan introducir junto al tema de las sustancias químicas.

A su entender el tema de las bebidas adulteradas combina varios artículos del Código Penal y destacó que las penas por asociación de malhechores serán de 4 a 10 años de prisión.

El legislador del PRM expresó que también se puede agregar junto al tema vinculado al envenenamiento.