Santo Domingo, RD – Primarias, convenciones, asambleas y encuestas, son las modalidades que la ley 33-18 contempla para que los partidos políticos escojan este 2023 a los candidatos a cargos electivos que postularán en los comicios en el 2024, para lo cual impone plazos de cumplimiento obligatorio.
Dado que la ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos no ha sido reformada, los plazos legales se mantienen sin variación. Y ante algunos vacíos, la Junta Central Electoral (JCE) y los partidos han comenzado a arribar a acuerdos para definir algunas fechas con relación a los eventos internos.
Fue el caso de lo ocurrido el pasado jueves, que partidos y Junta, a través de la Dirección de Elecciones, convinieron en fijar el 14 de abril como la fecha límite para que las organizaciones políticas informen el método que usarán para escoger a sus candidatos.
Como parte de sus responsabilidades legales, de organizar y supervisar los procesos internos de los partidos para la selección de los candidatos, la Junta ha establecido una agenda de actividades a desarrollarse, tanto en el ámbito legal como administrativo.
Un cronograma entregado a los partidos políticos contiene unos 20 plazos legales, que abarcan desde junio hasta noviembre.
La ley 33-18 dispone, en el párrafo II del artículo 46, que si los partidos políticos deciden escoger a sus candidatos mediante primarias, lo harán a más tardar el primer domingo de octubre del año preelectoral y con base en otras modalidades, a más tardar el último domingo de noviembre de ese mismo mes.
En virtud de ese mandato legal, para el primero de octubre están fijadas las primarias simultáneas, y para el 29 de noviembre, las asambleas, convenciones y encuestas.
La ley pone a cargo de la JCE la responsabilidad de la reglamentación, organización, administración, supervisión y arbitraje de las primarias, cuyo costo debe ser deducido de la contribución económica que el Estado proporciona a los partidos, conforme a la ley 33-18. La legislación precisa que eso será independiente del aporte que haga la JCE en naturaleza y logística.
Los plazos legales
Los plazos legales referentes a las primarias simultáneas inician en junio. El 2 de ese mes es la fecha límite para la determinación de las reservas de candidaturas con fines de alianzas o fusiones.
El 17 de ese mismo mes vence el plazo para que los partidos publiquen y comuniquen por escrito a la JCE los cargos, posiciones y demarcaciones que corresponden al 20 por ciento de candidaturas que se reservará la dirección del partido.
El 2 de julio inicia la campaña interna o precampaña, correspondiente al primer domingo de ese mes.
El 17 de agosto los partidos deben entregar el registro de sus afiliados a la JCE y juntas electorales, y al órgano electoral la lista completa de precandidatos que participarán en las primarias.
El 6 de octubre es el límite para que la JCE de a conocer el cómputo de los resultados de las primarias realizadas el primero de octubre y el 11 de ese mismo mes para la proclamación de los candidatos electos.
Ese mes, pero el 20, es el límite para que las organizaciones políticas registren en la JCE la lista de los candidatos seleccionados en primarias y el 23 para que realicen correcciones cuando no cumplan con la cuota de género y de la juventud.
Ya en noviembre, los plazos que vencen conciernen al registro en la JCE de la lista de candidatos seleccionados en asambleas o convenciones, al igual que para hacer los reparos.
Logística electoral de primarias
En el aspecto administrativo, el calendario presentado por la JCE establece el inicio en marzo de los trabajos de la logística electoral para la organización de las primarias.
Para junio tiene pautado comenzar la capacitación a miembros de colegios electorales y también definir la lista o padrón que utilizarán en ese evento interno de los partidos.
Otras actividades administrativas para la organización de las primarias están previstas entre julio y octubre.