El presidente Luis Abinader informó que este año no se expedirá un decreto declarando atención exclusiva a un tema en específico, por razones de racionalidad del gasto y por considerar que todos los retos sociales y económicos actuales del país merecen la atención del Gobierno.
“Esta práctica también supone el desperdicio de una importante cantidad de dinero por el material gastable que cada año debe descartarse para imprimir nuevos temas específicos. Nosotros estamos comprometidos con la reducción de gastos superfluos como el que genera esta práctica”, manifestó el mandatario.
A través de un documento oficial emitido por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, Abinader explicó que esta decisión fue tomada por razones de imperiosa racionalidad del gasto y juzgando la imposibilidad de concentrar los esfuerzos en un solo problema.
Del mismo modo, el gobernante consideró en el documento que los desafíos enfrentados durante el año que recién termina dejaron secuelas sociales y económicas que multiplicaron nuestros problemas históricos “es imposible elegir un tema en particular para atender por encima de los demás”.
Expresó que en la administración pública los usos y costumbres deben ser conservados cuando contribuyen a un fin práctico de manera costo eficiente.
Precisó que atendiendo a que los usos y costumbres llegan a ser asimilados por su generalización como una regla obligatoria por la sociedad se continuó con la práctica de expedir un decreto en el mes de enero con el propósito antes citado.
A su modo de ver, este no es el caso de los decretos emanados del Poder Ejecutivo para declarar cada año un propósito principal que deben perseguir todas las instituciones públicas.
“Por razones de imperiosa racionalidad del gasto y juzgando la imposibilidad de concentrar los esfuerzos en un solo problema, el Presidente de la República, Luis Abinader ha decidido no expedir un decreto declarando atención exclusiva a un tema en específico por considerar que todos los retos sociales y económicos actuales merecen nuestra atención”, expresó.
Está dentro de las atribuciones constitucionales del Presidente de la República -como lo consagra el Artículo 128, numeral 1), literal b)- expedir decretos, pero no constituye una obligación como Jefe de Estado expedir un decreto determinado.