Ante la liberación total de cuotas para la importación de arroz desde Estados Unidos a tasa cero a partir del 1 de enero de 2025, como parte del Tratado de Libre Comercio con esa nación y Centroamérica (DR-Cafta), el Gobierno dominicano realizó gestiones en procura de evitar esa liberación luego de 20 años de protección, pero no logró su objetivo.
Sin embargo, asesores en comercio exterior le recomendaron al mandatario modificar la Ley 589-16, que data de julio de 2016, la cual crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Sinassan), para introducirle algunos artículos que “justificarían” el establecimiento de barreras arancelarias a determinados productos, aunque su liberación esté contenida en un tratado internacional.
De esa forma, tan recientemente como el 2 de diciembre, fue promulgada la Ley 75-24, poco conocida, pues aparentemente el Congreso Nacional la estudió y aprobó sin darle mucha publicidad.
Luego, tan pronto como el 6 de diciembre de este año, apenas cuatro días luego de aprobada la Ley 75-24, el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de República Dominicana (Conassan) emitió una resolución, la 07-24, en la cual recomienda al presidente Luis Abinader la adopción de medidas especiales en favor de la soberanía alimentaria del país en lo que respecta al arroz, como producto sensible.
Esa Ley 75-24, que modifica la Ley 589-16 y la Resolución 07-24, fueron tomadas como “justificación legal” por el Gobierno para emitir el Decreto 693-24, con el cual se pretende evitar la aplicación de un tratado como el DR-Cafta, que, de acuerdo con la Carta Magna Dominicana, tiene fuerza constitucional.
¿Qué dice el decreto?
Como lo indica el DR-Cafta, el arroz fue uno de los productos protegidos por el Gobierno dominicano, con el establecimiento de cuotas y aranceles elevados, a los fines de no afectar a los productores nacionales. La aplicación de esas restricciones se iría desmontando gradualmente, pero durante un período de 20 años, tiempo en que las autoridades dominicanas y los productores locales debieron deseñar mecanismos para hacer más competitivo al sector arrocero; algo que no ocurrió, pese a la gestión de tres presidentes distintos y cinco períodos presidenciales.
Esa protección inició en 2006 con un 99% de arancel para el excedente de arroz que fuera importado sobre la cuota establecida cada año y se iría desmontando gradualmente en los próximos 20 años. Por ejemplo, para este 2024 la cuota de importación de arroz con cero arancel era de 23,300 toneladas métricas (TM) y el arancel fuera de ese contingente está en 11.88%. Para el 2025 la importación sería ilimitada y con arancel cero.
Entonces, el Decreto 693-24 dispone lo siguiente: aplicar un trato arancelario de 20% advalorem y 99% de arancel a la importación de arroz, con base en una lista preferencial de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
En el caso de Estados Unidos, principal país dentro del DR-Cafta, y desde donde puede venir todo el arroz ilimitado y libre de arancel a partir del 2025, el decreto le aplica una cuota libre de arancel de solo 23,300 TM y agrega que lo que entre fuera de ese contingente pagaría un 99% de impuestos. Esto, a partir de la promulgación del mismo decreto.
Reacción de Estados Unidos
Aunque todavía está vigente la cuota y un arancel específico, las estadísticas oficiales indican que entre 2019 y 2023 la importación de arroz promedió 28,323 TM cada año. Sin embargo, solo en 2024, la cantidad importada ascendió a 157,183 TM, la mayor parte proveniente de Estados Unidos.
Pero, todavía Estados Unidos no ha reaccionado ante el decreto. Eso puede ser por la forma “cronológicamente acelerada” con que el Gobierno dominicano tomó estas medidas.
Lo primero es que el DR-Cafta es un tratado internacional con fuerza constitucional, que no puede ser modificado mediante una ley. Ese tratado establece apertura arancelaria para la entrada de arroz procedente de los países firmantes.
Lo segundo es que el 2 de diciembre de 2024 se promulga la Ley 75-24, el 6 del mismo mes el Conassan emite una resolución autorizando al Gobierno a tomar medidas de contingencia sobre el arroz, y el 17 del mismo mes el presidente Abinader emite el Decreto 693-24.
En solo dos semanas surgen una ley, una resolución y un decreto que dejarían sin efecto el mandato de un tratado internacional. Todo eso, cuando Estados Unidos está en medio de una transición que implicará la asunción de un presidente distinto al actual, a partir del 20 de enero, es decir, dentro de tres semanas, aproximadamente.
La expectativa ahora gira en torno al momento en que el gobierno estadounidense va a reaccionar ante este decreto y las medidas que pudiera adoptar; mientras, en República Dominicana, muchos productores expresan regocijo por la decisión oficial, en tanto otros se preguntan por qué se tardó tanto en solucionar un problema que ahora resulta fue resuelto en apenas dos semanas, entre el 2 y el 17 de diciembre.