El Poder Ejecutivo prohibió en el territorio nacional las reuniones de grupos de más de 10 personas en lugares públicos y lugares privados de uso público.
Asimismo, en establecimientos comerciales como restaurantes y bares sólo se permitirán grupos de máximo 10 personas por mesa, siempre que no se sobrepase el 70% de la capacidad total del negocio.
En esta caso, se exige cumplimiento a los protocolos sanitarios y de distanciamiento social adoptados por las autoridades correspondientes para este sector.
Horario prohibición bebidas
La disposición incluye la prohibición en el territorio nacional, todos los días de 6:00 de la tarde a 5:00 de la madrugada, del expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas, en cualquiera de sus presentaciones, por parte de persona o establecimiento comercial.
Esta iniciativa se adopta sin detrimento de las medidas de esta naturaleza que el Ministerio de Interior y Policía pueda adoptar adicionalmente.